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DISMINUCIÓN Y PROHIBICIÓN DE BOLSAS DE POLIETILENO – DIRECCIÓN DE AMBIENTE

13-01-2018

Desde la Dirección de Ambiente del Gobierno de la Ciudad de La Paz se informa que en el mes de Octubre del 2017 se aprobó y se puso en vigencia la ordenanza Nº 1217/17 que establece la reducción progresiva y posterior prohibición de la entrega de bolsas de polietileno en los supermercados, autoservicios y comercios en general de la Ciudad.
La aplicación de esta ordenanza se realizará de forma progresiva, por lo que estipula un margen de 12 meses a partir de la aprobación de la misma, para que los comerciantes puedan adaptarse a los cambios; así como también concientizar a los ciudadanos.
La excepción de esta ordenanza estará dirigida a aquellas bolsas que contienen alimentos húmedos.
Descripción de las bolsas aceptadas:
Densidad: entre 20 y 30 micrones.
Dimensiones: un mínimo de 50 cm. de ancho 
Las sanciones aplicadas a quienes incumplan la ordenanza serán:
-Primera constancia de incumplimiento: Notificación y 60 cm. de largo.
Material: Oxidegradables/biodegradables.
-Segunda Verificación de Incumplimiento: Multa de hasta 250 litros de Gas Oíl.
-Tercera Verificación de Incumplimiento: Multa de hasta 400 litros de Gas Oíl.
-Cuarta Verificación de Incumplimiento: Multa de hasta 600 litros de Gas Oíl y clausura del local por 2 días.
-Quinta Verificación de Incumplimiento: Multa de hasta 1200 litros de Gas Oíl y clausura por 15 días.
A partir de la próxima semana Dirección de Ambiente estará notificando de esta ordenanza a todos los negocios de la ciudad.